El Gobierno nacional formalizó este miércoles 18 de marzo de 2026 una modificación relevante en el régimen de propiedad intelectual aplicado a la industria farmacéutica. A través de la Resolución Conjunta 1/2026, firmada por los ministerios de Salud, Economía y el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), se eliminaron criterios específicos que limitaban el otorgamiento de patentes en el sector y se estableció un esquema más flexible para su evaluación.
La medida implica dejar sin efecto las pautas vigentes desde 2012, que introducían restricciones técnicas para determinadas invenciones vinculadas a medicamentos. Con el nuevo marco, el INPI volverá a analizar cada solicitud de patente de manera individual, utilizando los parámetros generales previstos en la Ley de Patentes N° 24.481: novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.
Cambios en los criterios de patentabilidad
La normativa anterior establecía exclusiones explícitas para distintos desarrollos dentro del ámbito farmacéutico. Entre ellos, se encontraban los polimorfos —variantes cristalinas de una misma sustancia—, que eran considerados no patentables por tratarse de propiedades inherentes a compuestos ya conocidos.
Asimismo, las disposiciones derogadas incluían limitaciones sobre derivados como sales o ésteres, al interpretarlos como extensiones de sustancias existentes. También quedaban fuera del sistema de patentes las denominadas “segundas indicaciones médicas” y los esquemas de dosificación, al ser considerados métodos terapéuticos.
A partir de la nueva resolución, estos criterios específicos dejan de aplicarse de forma automática y cada caso será evaluado bajo los lineamientos generales de la legislación vigente, sin restricciones sectoriales adicionales.
Argumentos oficiales y alcance de la medida
El ministro de Modernización, Federico Sturzenegger, destacó la decisión y la vinculó con el objetivo de adecuar el sistema argentino a estándares internacionales en materia de propiedad intelectual. Según expresó, la modificación se inscribe en el marco de compromisos asumidos en negociaciones comerciales, entre ellas, con Estados Unidos.
El funcionario también aclaró que la nueva normativa tiene efectos hacia adelante y no impacta sobre medicamentos que ya se encuentran en el mercado, los cuales podrán continuar comercializándose bajo las condiciones actuales.
En los fundamentos de la resolución, el Gobierno sostiene que el fortalecimiento de los derechos de propiedad intelectual puede favorecer la innovación y acelerar la disponibilidad de nuevos desarrollos farmacéuticos. En ese sentido, se argumenta que contar con un régimen de patentes más abierto podría contribuir a la incorporación más rápida de nuevas tecnologías en el sistema de salud.
Un nuevo escenario para la industria
Con la eliminación de las restricciones específicas que regían desde 2012, el país ingresa en una etapa diferente en materia de protección de invenciones farmacéuticas. La modificación apunta a generar mayor previsibilidad jurídica para quienes desarrollan productos en el sector y, al mismo tiempo, a facilitar su inserción en mercados internacionales.
El cambio normativo redefine así las condiciones bajo las cuales se evaluarán las innovaciones en el ámbito químico-farmacéutico, en un contexto marcado por la necesidad de promover el desarrollo tecnológico y fortalecer la competitividad de la industria.




